top of page

CERTIFICADO DE CONCORDANCIA

¿Qué es y para qué sirve?​

Certificado expedido para acreditar su identidad entre dos o más documentos diferentes. Ejemplo: cambio de apellido de casada a divorciada, etc.​

​

Las autoridades españolas lo solicitan para tramitar NIE, nacionalidad española. 

​

Documentación necesaria

  1. Descargar, imprimir y completar a mano el formulario de solicitud de certificado/s. 

  2. Fotocopia de su Pasaporte vigente (donde constan los datos personales) y/o documento de datos homónimo.

  3. Fotocopia de su Pasaporte anterior (donde constan los datos personales).

  4. Comprobante original de pago (transferencia o pago con tarjeta en el Consulado). Cuenta BBVA: ES54 0182 0206 31 0201550870. En concepto: nombre del interesado.

 

Presentación de documentos

-

Toda la documentación correspondiente a la solicitud deberá remitirse en formato PDF al correo electrónico oficial del Consulado General: info@consuladopybcn.com

​

Los documentos deberán ser claros, legibles y de buena calidad, y enviarse en un único correo electrónico. Se ruega evitar el envío de múltiples correos electrónicos para una misma solicitud, a fin de agilizar su revisión y tramitación.

​

Una vez revisada la documentación, el Consulado se pondrá en contacto con el solicitante para informarle si la solicitud está correcta para su tramitación o si es necesario aportar documentación adicional.

​

Arancel Consular

Certificado de Concordancia: 36,75€*.

​

Observación: Cuando el Certificado de Concordancia se solicite junto con otros certificados para la misma persona (por ejemplo, si José G. solicita para sí mismo el Certificado Concordancia y el Certificado de Nacionalidad), el importe a abonar para el Certificado de Concordancia será de 26,25 €*.

​​

Si tiene duda con relación al monto del arancel consular realice su consulta al número de whatsapp habilitado: +34 601 26 43 53, o escriba a info@consuladopybcn.com

​

(*) Los aranceles aquí mencionados pueden sufrir variaciones debido a la cotización del dólar americano. En caso de considerarse necesario, se podrá solicitar documentación adicional.

​​​​

Elaboración y Envío

La elaboración del certificado conlleva un plazo aproximado de 10 a 15 días hábiles desde la recepción de la solicitud.

​

Una vez expedido el certificado, nos pondremos en contacto con el solicitante para coordinar su entrega, la cual podrá realizarse de alguna de las siguientes formas:

​

  • Retiro en el Consulado: Si usted reside en la provincia de Barcelona, podrá retirar el certificado en la oficina consular una vez que se le notifique que se encuentra disponible.

​

  • Formato PDF: El certificado podrá remitirse por correo electrónico cuando el Registro Civil o la autoridad administrativa española ante la cual será presentado acepte documentos en formato digital. El solicitante deberá confirmar previamente dicha circunstancia.

​​

  • Envío por mensajería: Si se solicita el envío del certificado original (físico), este será remitido al domicilio indicado por el solicitante. El plazo de entrega es de aproximadamente 1 a 3 días hábiles desde su despacho por el Consulado.

 

El costo del envío por mensajería (aproximadamente 15 € en la península y 25 € en Baleares) será asumido por el solicitante.

​

Importante: Los costos adicionales que pudieran generarse por no atender al mensajero o por no recibir el certificado serán asumidos por el solicitante.

​

Observación: No es necesario adquirir sobres o embalajes prepagados/prefranqueados. El Consulado gestionará el envío mediante servicio de mensajería cuando corresponda.

​​​​

​

​

bottom of page