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CERTIFICADO DE NO APORTE A LA SEGURIDAD SOCIAL EN PARAGUAY (IPS)

¿Qué es y para qué sirve?

Este certificado se otorga bajo declaración jurada y se acredita que la persona no realiza aportes de prestaciones al Instituto de Previsión Social (IPS). 

Suelen solicitarlo las autoridades sanitarias españolas a fin de poder brindar asistencia médica a ciudadanos extranjeros. 

Documentación necesaria

  1. Descargar, imprimir y completar a mano el formulario de solicitud de certificado/s

  2. Declaración jurada cumplimentada y firmada como consta en su pasaporte (descargar e imprimir).

  3. Rellenar los datos de la persona en la declaración jurada, (datos personales, dirección completa, calle, Nº, Ciudad, CP, Nº de contacto).

  4. Fotocopia del pasaporte donde constan los datos personales del interesado/a.

  5. Comprobante original de pago (transferencia o pago con tarjeta en el Consulado). Cuenta BBVA: ES54 0182 0206 31 0201550870. En concepto: nombre del interesado.

 

Presentación de documentos

Toda la documentación correspondiente a la solicitud deberá remitirse en formato PDF al correo electrónico oficial del Consulado General: info@consuladopybcn.com

Los documentos deberán ser claros, legibles y de buena calidad, y enviarse en un único correo electrónico. Se ruega evitar el envío de múltiples correos electrónicos para una misma solicitud, a fin de agilizar su revisión y tramitación.

Una vez revisada la documentación, el Consulado se pondrá en contacto con el solicitante para informarle si la solicitud está correcta para su tramitación o si es necesario aportar documentación adicional.

Arancel Consular

Certificado de No Aporte a la Seguridad Social: 36,75€*.

Observación: Cuando el Certificado de No Aporte a la Seguridad Social se solicite junto con otros certificados para la misma persona (por ejemplo, si José G. solicita para sí mismo el Certificado de No Aporte a la Seguridad Social y el Certificado de Nacionalidad), el importe a abonar para el Certificado de No Aporte a la Seguridad Social será de 26,25 €*.

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Si tiene duda con relación al monto del arancel consular realice su consulta al número de whatsapp habilitado: +34 601 26 43 53, o escriba a info@consuladopybcn.com

(*) Los aranceles aquí mencionados pueden sufrir variaciones debido a la cotización del dólar americano. En caso de considerarse necesario, se podrá solicitar documentación adicional.

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Elaboración y Envío

La elaboración del certificado conlleva un plazo aproximado de 10 a 15 días hábiles desde la recepción de la solicitud.

Una vez expedido el certificado, nos pondremos en contacto con el solicitante para coordinar su entrega, la cual podrá realizarse de alguna de las siguientes formas:

  • Retiro en el Consulado: Si usted reside en la provincia de Barcelona, podrá retirar el certificado en la oficina consular una vez que se le notifique que se encuentra disponible.

  • Formato PDF: El certificado podrá remitirse por correo electrónico cuando el Registro Civil o la autoridad administrativa española ante la cual será presentado acepte documentos en formato digital. El solicitante deberá confirmar previamente dicha circunstancia.

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  • Envío por mensajería: Si se solicita el envío del certificado original (físico), este será remitido al domicilio indicado por el solicitante. El plazo de entrega es de aproximadamente 1 a 3 días hábiles desde su despacho por el Consulado.

 

El costo del envío por mensajería (aproximadamente 15 € en la península y 25 € en Baleares) será asumido por el solicitante.

Importante: Los costos adicionales que pudieran generarse por no atender al mensajero o por no recibir el certificado serán asumidos por el solicitante.

Observación: No es necesario adquirir sobres o embalajes prepagados/prefranqueados. El Consulado gestionará el envío mediante servicio de mensajería cuando corresponda.

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