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MISIÓN:

Representar al Paraguay ante las autoridades del territorio atribuido para el ejercicio de las funciones consulares en las siguientes comunidades autónomas; Aragón, Cantabria, Cataluña, Islas Baleares, Navarra, País Vasco y Valencia, de acuerdo con los objetivos de política exterior fijados por el Gobierno del Paraguay. Planificar, coordinar y ejecutar, una política exterior orientada a la promoción y defensa de los intereses del Estado paraguayo, y velar por el respeto y protección de sus nacionales en el exterior, con vocación, eficiencia y patriotismo.

VISIÓN:

Ser una representación consular eficiente, profesional y transparente, que conduce la inserción internacional del Paraguay y promueve sus intereses, a través de estrategias dinámicas e innovadoras, que lo posicionan como un actor fiable en las relaciones internacionales, para beneficio de su población, tanto en el país como el exterior.

¿QUÉ PUEDE HACER EL CONSULADO POR USTED?

A través del Consulado, usted puede:
 

  • Gestionar la expedición de pasaportes, documentos de viaje, certificados, permisos de viaje a menores con el consentimiento de ley de los titulares de la patria potestad. 

  • Recibir orientación gratuita en materia jurídica.

  • Realizar poderes generales o especiales los cuales constituyen documentos públicos para ser utilizados en Paraguay.

  • En caso de detención requerir a las autoridades locales que lo pongan en contacto con el Consulado del Paraguay. 

  • Ser asistido en caso de catástrofe o emergencia. 

 

Además el Consulado:

  • Presta asistencia a las personas privadas de su libertad y las visita periódicamente, siempre que el/la detenido/a lo autorice. 

  • Hace averiguaciones con las autoridades locales sobre personas desaparecidas en coordinación con la Dirección de Atención a las Comunidades Paraguayas en el Extranjero (DACPE) con cuidado especial de la ley de protección de datos.

  • Gestiona la repatriación de personas, enseres y cuerpos, en casos puntuales, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en la Ley, en coordinación con la Secretaría de Desarrollo para Repatriados y Refugiados Connacionales (SEDERREC).

  • En circunstancias específicas, brinda ayudas económicas a aquellos paraguayos que se encuentren en condiciones muy vulnerables.

FUNCIONES QUE EL CONSULADO NO PUEDE REALIZAR EN SU NOMBRE: 

  • No puede renovarle o expedirle la Cédula de Identidad.

  • No puede “Apostillar” documentos.

  • No puede proporcionarle trabajo, dinero o hacerse cargo del pago de ningún tipo de cuentas. 

  • No puede suministrarle pasajes para regresar al Paraguay, excepto en circunstancias muy especiales de repatriación en coordinación con la Secretaría de Desarrollo para Repatriados y Refugiados Connacionales (SEDERREC).

  • No puede intervenir/mediar en problemas familiares. (desacuerdo entre padres sobre cuestiones relativas a sus hijos menores, rastrear a un familiar que no quiere ser contactado por su familia, etc.).

  • No puede garantizarle la entrada/permanencia en España o revertir decisiones de las autoridades migratorias.

  • Gestionarle permisos de residencia o nacionalidad española. 

  • No puede impulsar procesos judiciales y/o administrativos en su nombre.

En general, no puede realizar tareas que correspondan a las autoridades locales ni a estudios jurídicos, agencias de viaje, aerolíneas, bancos, etc. Tampoco puede poner a disposición funcionarios para que actúen en tal calidad. 

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