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APOSTILLA DE LA HAYA

¿Qué es?

 

El trámite de apostilla consiste en colocar sobre un documento público, o una prolongación del mismo, una Apostilla o anotación que certificará la autenticidad de la firma de los documentos públicos expedidos en un país firmante del XII Convenio de La Haya, de 5 de octubre de 1961, por el que se suprime la exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros que deban surtir efectos en otro país firmante del mismo.

 

Así, los documentos emitidos en un país firmante del Convenio que hayan sido certificados por una Apostilla deberán ser reconocidos en cualquier otro país del Convenio sin necesidad de otro tipo de autenticación.

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¿Qué documentos pueden apostillarse? 

 

Documentos judiciales: Documentos dimanantes de una autoridad o funcionario vinculado a una jurisdicción del Estado, incluyendo los provenientes del Ministerio Público o de un secretario, oficial o agente judicial.

 

Documentos administrativos: Certificaciones oficiales que hayan sido puestas sobre documentos privados, tales como la certificación del registro de un documento, la certificación sobre la certeza de una fecha y las autenticaciones oficiales y notariales de firmas en documentos de carácter privado.

 

Sin embargo, no se aplicará a:

a) los documentos expedidos por funcionarios diplomáticos o consulares.

b) los documentos administrativos relacionados directamente con una operación comercial o aduanera.

c) los documentos que, en aplicación de otros Convenios Internacionales, estén exentos de ser legalizados o apostillados.

 

¿Quién puede solicitarlo y/o presentarlo?

 

Puede solicitar la Apostilla de la Haya cualquier portador de un documento público cuya autenticidad desee certificar.

Para el caso de Apostillas en formato electrónico, el ciudadano, después de presentar la solicitud ante la Autoridad competente correspondiente, podrá descargarse la Apostilla a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.

 

¿Dónde se puede acudir para apostillar un documento?

 

En España, se puede acudir para apostillar un documento a los siguientes lugares:

 

  • Documentos Públicos Administrativos  y Judiciales (incluidos documentos de Registro Civil), el ciudadano podrá dirigirse, a los Tribunales Superiores de Justicia.

  • Documentos notariales y documentos privados cuyas firmas han sido legitimadas ante Notario: Colegios Notariales o aquellos Notarios en quien deleguen.

  • Documentos públicos judiciales expedidos por la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo: Secretarios de Gobierno de los respectivos tribunales o en quien ellos deleguen.

 

Los documentos paraguayos se deben legalizar en el Paraguay ante la:

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DIRECCIÓN DE LEGALIZACIONES

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Dirección: 14 de Mayo entre Palma y Estrella

Teléfonos: (595-21) 493928, (595-21) 493902, (595-21) 445536

Email: legalizaciones@mre.gov.py

https://www.mre.gov.py/index.php/tramites/la-apostilla

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Se gestiona a través de un familiar o un gestor contratado por el interesado. También se recomienda en estos casos contactar con la Dirección de Atención a las Comunidades Paraguayas en el Extranjero (DACPE), vía telefónica: 595 21 495 103  o al email: dacpe@mre.gov.py, para realizar el trámite.

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